SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0341/2017-S3

Fecha: 24-Abr-2017

ii)

ii)  Respecto a la contradicción existente entre los informes vertidos por el funcionario policial y el Fiscal de Materia, se tiene que es obvia tal contradicción, habiendo la misma sido reclamada de esa forma -en el recurso de apelación-, contradicción sobre la que la Jueza manifestó tener dudas, y ante la duda se da la necesaria aplicación del art. 7 del CPP, en virtud al principio de concordancia práctica, aplicando los arts. 13 y 410.II de la CPE, solicitándose la aplicación del principio pro libertad, toda vez que en caso de contradicción o duda siempre debe aplicarse en beneficio de la libertad, y si no se impone la libertad por lo menos dicho elemento debiera ser retirado de la decisión al existir una contradicción;