DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2017

Fecha: 19-May-2017

Sobre el numeral 12

La DCP 0197/2015, declaró la incompatibilidad del numeral 12 con el siguiente razonamiento: “Al respecto, debemos señalar que de acuerdo al art. 302.I.6, de la CPE, la elaboración de los Planes de Ordenamiento Territorial y de uso de suelos, son una competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, y estos deben realizarse en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamental e IOC. Cabe destacar que acorde a la Norma Suprema, es importante que tanto en la elaboración de los planes de ordenamiento territorial, como al momento de ejecutar dichos planes, se promueva y garantice la coordinación con los niveles de gobiernos descritos, en especial tomando en cuenta que el medio a partir del cual se trabaja son los suelos, que se constituye en recurso natural, de carácter estratégico y de interés público para el pueblo boliviano (art. 348 de la CPE), aspecto que no contemplo el estatuyente en los numeral en análisis.