SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0774/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

En cuanto al debido proceso en su elemento de congruencia

En cuanto al debido proceso en su elemento de congruencia, se advierte que la Sentencia, el Auto de Vista y el Auto Supremo impugnados a través de la presente acción tutelar, no observaron la debida correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto, sin que tampoco se encuentre concordancia entre las partes considerativa y dispositiva de los mismos, transgrediéndose por consiguiente el derecho a la propiedad, mucho más cuando el Juez de primera instancia advirtió la inexistencia de posesión del predio objeto de litis mediante el Auto de 17 de agosto de 2012. Finalmente, refiere que el AS 1306/2016, al no pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto contra el Auto de Vista R-229/2016, no contiene la debida motivación ni fundamentación, omisión que lesiona los derechos al debido proceso y a la petición.