SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2017-S3

Fecha: 23-Ago-2017

e)

e)    La demanda de reivindicación es subsidiaria de la demanda de anulabilidad y al ser retirada la demanda de anulabilidad también se tiene por retirada la de reivindicación, incumpliendo el demandante con su obligación de subsanar, aclarar y precisar como dispone la Resolución de “fs. 498 a 500”, por lo que pide se anule obrados y se tenga por no presentada la demanda de “fs. 404” y subsiguiente demanda de “fs. 18 a 19”, disponiendo archivo de obrados.