DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 2. (Jerarquía y Sujeción del Estatuto Autonómico)

El presente Estatuto de la Autonomía indígena del Territorio Indígena Multiétnico es la norma institucional básica que rige al interior de nuestro territorio indígena y está sujeto, en el marco de la unidad del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y demás normativa internacional en materia de derechos indígenas que forma parte del bloque de constitucionalidad.

El presente Estatuto de la Autonomía indígena del Territorio Indígena Multiétnico es la norma institucional básica que rige al interior de nuestro territorio indígena y está sujeto, en el marco de la unidad del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y demás normativa internacional en materia de derechos indígenas que forma parte del bloque de constitucionalidad”.

La DCP 0035/2014 de 27 de junio, al respecto, estableció lo siguiente: Sobre el uso del término sujeción en relación a las leyes, el art. 410.II    de la CPE, dispone que: La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales: 1. Constitución Política del Estado. 2. Los tratados internacionales. 3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena. 4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.