DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 66. (Medicina Tradicional)

II.      El Gobierno Indígena Autónomo promoverá el desarrollo de investigaciones, registro y catalogación de las plantas medicinales que existen dentro del territorio que se emplean en la medicina natural en el territorio. Teniendo la autoridad para resguardar y proteger los registros y toda información recabada en cuanto a estos saberes y conocimientos.

III.     El Gobierno Indígena Autónomo del TIM promocionará la práctica de la medicina natural, a través de la identificación, registro de las sabias y sabios que ejercen y practican la medicina, según su especialidad, y desde los saberes y conocimientos de su pueblo. Así mismo, el Gobierno Indígena Autónomo es el encargado de homologar su certificación a nivel del Territorio y elevar a las instancias nacionales correspondientes para su conocimiento y certificación a ese nivel.