DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017

Fecha: 25-Sep-2017

coordinación y cooperación

Sobre el tema en particular, la amplia jurisprudencia constitucional establecida por este Tribunal, a través de la DCP 0036/2015 de 25 de febrero, desarrolló el siguiente entendimiento: “En consideración a que la organización del Estado, se encuentra basada en los principios de independencia, separación, coordinación y cooperación de los órganos que lo componen; es decir, entre el legislativo ejecutivo, judicial y electoral, las competencias de cada uno de ellos se encuentran delimitada, de acuerdo al art. 12.I de la CPE.

En ese sentido, el art. 12.II de la LMAD, señala que ‘La autonomía se organiza y estructura su poder público a través de los órganos legislativo y ejecutivo. La organización de los gobiernos autónomos está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos” (negrillas añadidas). De lo que se infiere que la coordinación con entre órganos y con otros niveles de gobierno, es necesaria para el correcto andamiaje institucional de todas las ETA en general.