DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 70. (Servicio de Educación)

I.       Es una de las primeras funciones del Gobierno Indígena Autónomo del TIM el velar por la educación en y para el territorio, la cual debe tener un carácter intracultural, intercultural y plurilingüe, enmarcándose en los pilares de ser territorial, comunitaria, productiva y fortalecedora de la identidad cultural de las Naciones Indígena Originarias que viven en su espacio territorial.

III.     El Gobierno Indígena Autónomo debe promover y gestionar la generación de espacios de formación a nivel técnico, superior, educación alternativa en el territorio, desde sus potencialidades y necesidades, en el marco del fortalecimiento de la identidad cultural y el respeto a la madre naturaleza.