SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2018-S4

Fecha: 12-Mar-2018

II.5.

II.5.    Mediante acta de reunión de 17 de julio de 2017, llevada a cabo en los ambientes de la Federación de Ayllus Indígenas Originarios de Norte Potosí, presidida por el Tata Mallku de dicha Federación, con la participación de representantes del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Delegada del Tribunal Agroambiental del departamento de Potosí, Alcalde y Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Chayanta de Potosí, de la Defensoría del Pueblo y autoridades Tata Mallkus de la comunidad de Cutimarca e Irupata, en la que cada uno de ellos expresó sus opiniones y sugerencias con relación al conflicto sobre las aguas de una vertiente que sostienen las comunidades aludidas, en la que Cutimarca argumenta necesitar agua para toma e Irupata para riego, se planteó la necesidad de establecer plazos, fechas y responsables para el desarrollo del estudio, habiendo indicado la comunidad de Irupata que se fije la fecha por parte de las autoridades originarias para el estudio de ambos Cabildos, por lo que se acordó en que ambas partes serían notificadas para el desarrollo del estudio técnico, quedando en un cuarto intermedio los Cabildos (fs. 127 y 128).