SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2018-S4

Fecha: 30-Abr-2018

II.7.

II.7.    Consta Resolución 04/2017 de 25 de agosto, suscrita por Ludwing Reynaldo Arciénega Baptista, Presidente, Mauricio Rosales Mercado, Secretario Docente y Max Mendoza Parra, Secretario Estudiante, de la IX Conferencia Nacional Ordinaria de Universidades, llevada a cabo en la UPA, que considerando que el CEUB es el Órgano Nacional que representa al Sistema de la Universidad Boliviana y que el Secretario Ejecutivo Nacional del CEUB, convocó a las denominadas IX y X Conferencias Nacionales Ordinarias de Universidades de manera irregular sin consenso de los Secretarios Nacionales, conociendo que el Consejo de Secretarios Nacionales es el máximo órgano de decisión y coordinación del CEUB; en su Artículo Único resolvió designar a Lucio Eduardo Álvarez Paredes como Secretario Ejecutivo Nacional del CEUB “hasta la fecha de realización del XIII Congreso Nacional de Universidades” (sic), en cumplimiento de la Resolución 98/2014 del XII Congreso Nacional de Universidades (fs. 4).