SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
concedió
La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, a través de la Resolución de 19 de julio de 2019, cursante de fs. 122 a 125, concedió la tutela, dejando sin efecto el proceso de titularización docente 2019, en la carrera de odontología, área de ciencias de la salud; disponiendo que se lleve adelante nuevamente el proceso de titularización conforme al documento base aprobado mediante Resolución Consejo Académico Universitario C.A.U. 032/2019. Bajo los siguientes argumentos: a) La calificación del proceso de titularización docente no acató con el documento base, aprobado por el Consejo Académico Universitario, dado que: los actos administrativos fueron realizados sin la presencia del Vicerrector como Presidente de la Comisión; y, los actos se llevaron adelante sin el quórum correspondiente; ya que, el acta de comunicación individual de resultados sólo fue firmada por dos integrantes de la comisión; y, b) La respuesta a la impugnación interpuesta por la ahora solicitante de tutela, incumplió con la debida fundamentación en derecho, como tampoco motivó de forma precisa, clara, lógica o coherente las razones de su respuesta, señalando el porqué de la normativa que respalda la decisión asumida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- i)
- concedió
- I.2.4.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 16
- III.1. La garantía del juez natural como componente del debido proceso
- III.2. La relevancia constitucional en el análisis de las acciones tutelares
- los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo, a menos que
- los errores o defectos denunciados en el amparo constitucional deben provocar lesión al debido proceso, causar indefensión material y dar lugar a que la decisión impugnada -en caso de subsanarse el error- tenga diferente resultado
- Fragmento 21
- III.3. De las reglas del proceso de titularización docente gestión 2019, de la Universidad Amazónica de Pando
- Fragmento 23
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR