SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

III.3.  De las reglas del proceso de titularización docente gestión 2019, de la Universidad Amazónica de Pando

           El precitado documento base del proceso de titularización ya anotado, en el punto 7 establece la conformación de la comisión calificadora de cada área académica y la evaluación del cumplimiento de indicadores de cada componente, determinados en el instrumento de calificación; además de la comunicación de resultados a los postulantes y el informe del proceso para su aprobación en el Consejo Académico Universitario y el Consejo Universitario, ambos de la UAP de la UAP.

           En cuanto se refiere a la evaluación del cumplimiento de indicadores de cada componente, se disponen instrumentos de calificación concretos, de los cuales –respecto a la problemática que concierne a este Tribunal resolver–, nos atañe remitirnos al formulario FORM- PTIT- 005, con relación al acta de comunicación individual de resultados de calificación de titularización docente de la UAP, comprendido en el numeral 3 del punto 7 del documento base, que señala: “La comunicación con los resultados a los postulantes la realizará el Presidente de la Comisión calificadora en sobre cerrado a través de un acta de calificación FORM- PTIT- 005 debidamente firmada por los integrantes de la respectiva comisión…”; agrega luego que: “En caso de existir alguna observación, el postulante deberá hacer conocer las mismas a la presidencia de la comisión calificadora en un lapso de 24 horas de haber recibido su acta de calificación (…) la comisión sesionará en el plazo determinado para realizar las aclaraciones de las observaciones si hubieran por parte de algún postulante”; concluido el aludido proceso se regula su remisión ante el Consejo Académico Universitario y el Consejo Universitario, ambos de la UAP, para su homologación correspondiente, con lo cual se procederá al nombramiento oficial como docente titular en la asignatura concerniente.