SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

no se olvidan con los aportes, que es su obligación, a veces tienen solicitado su trabajo, dejan su aporte, el trabajo, aportes, eso es lo que pedimos la comunidad, ya en su momento están, tienen su derecho y algunos que se han olvidado ya no tienen ese derecho

“…no se olvidan con los aportes, que es su obligación, a veces tienen solicitado su trabajo, dejan su aporte, el trabajo, aportes, eso es lo que pedimos la comunidad, ya en su momento están, tienen su derecho y algunos que se han olvidado ya no tienen ese derecho decimos también entonces tiempo se olvidó y se viene a querer pelear recién su derecho, esos pelean y nunca aportan a su comunidad(Loc. Cit. Teófilo Potty).

Sin embargo, el incumplimiento de esta obligación suscita conflictos e inefectividad de la decisión comunal, generando un malestar colectivo entre los socios de la comunidad. Estas conductas de infracción de la norma vulneran los principios comunales de respeto “Yomboete” a las autoridades y al resto de la comunidad; entonces, en ese caso se interrumpe el “Yoparareko”, el saber convivir, lo cual provoca “Pavarete” crisis en la armonía comunal.