SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

“Yoparareko”. El saber convivir

Este principio fue definido por la misma comunidad como “saber convivir”, “tenerse lastima”, entendido como aquella actitud de permanente preocupación por el bienestar del prójimo. Los comunarios indicaron que todos están en la obligación de “saber convivir” con el resto de la comunidad. Si bien, cada familia tiene una posesión de tierra para su usufructo familiar, existen bienes de uso común, tales como el agua, el camino, etc. que requieren de la participación colectiva en su mantenimiento. En este escenario de cosas, las riñas, peleas, odios o disputas, dañan su convivencia diaria y perjudican a sus relaciones sociales. Entonces, la comunidad indica que los comunarios tienen que “saber convivir”, “tenerse lástima”, “ser solidario”.[5]