Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: SCP 1166/2019-S1
Fecha: 02-Dic-2019
vi)
vi) En relación al quinto motivo, observaron una confusión evidente en cuanto al uso de los términos respecto al agravio y la forma en que fue resuelto el recurso de apelación restringida sobre la defectuosa valoración que habría impugnado en su momento, siendo palpable un defecto de técnica recursiva sobre el planteamiento abordado por la recurrente, donde tampoco se constató el cumplimiento de los requisitos formales de procedencia del recurso de casación (art. 416 del CPP) defectos que no podría ser suplido de oficio resultando que el motivo analizado es inadmisible.
- a)
- II. ARGUMENTOS DE LA DISIDENCIA
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- viii)
- a) Primer motivo
- Respecto a la inobservancia de las subreglas de flexibilización de los requisitos de admisión, y la utilización de excesivos criterios formales al confundir la invocación con el acto formal de adjuntar copia de los mismos
- Respecto a la inobservancia del principio pro actione al no aplicar el art. 399 del CPP
- concediendo