DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019
Fecha: 17-Abr-2019
II.3.
II.3. Las modificaciones y adecuaciones efectuadas al proyecto de COM de Yaco, se encuentran relacionadas de acuerdo a la DCP 0153/2016, a la INCOMPATIBILIDAD con los preceptos constitucionales de los siguientes artículos: 1 en los términos “autónomo y “supremacía”; 4.I; 5; 7; 8 en las frases: “Sobre la base de estos límites…” y “…unidades territoriales…”; 9; 10 en el término “oficiales”; 12; 17.1 en la frase: “Ordenanzas Municipales”, 2 en la frase: “…y defender…”, 4, 5, 6 y 12; 25; 26; 27; 28 en la frase: “…subalcaldesas o subalcaldes…”, 5 en la frase “…física o…” y 7; 29.II; 31; 33.II; 37; 38.4 en la frase “…Ordenanzas y…”; 39.13; 44.I.1 en el término “ordenanzas”; 45.I en la frase: “…o al alcalde o alcaldesa municipal…”; 46 en la frase: “…y alcaldesa o alcalde municipal…”; 47.I en las frases: “…se constituye como la máxima autoridad del gobierno municipal…” y “…cuando constituyan un distrito indígena originario campesino…”, II en el término “…normativo…”; 49.II en el término “…concurrentes…”; 52.1, 3, 4, 10, 11, 13, 17 en la frase: “…en caso de existir irregularidades, disponer su procesamiento de acuerdo con la ley de participación de control Social”, 20 en la frase: “…a través de la alcaldesa o alcalde…”, 25, 27, 28 y 30; 54.I; 55.6 en el término: “…Ordenanzas…”; 58.2 en el término “…Ordenanzas…”, 7 y 8 en el término: “…Ordenanzas…”; 62 en la frase “…de pleno derecho…”; 65.II; 66 en el término: “…ordenanzas…”; 67.IV; 68.d) y f) en la frase: “…la Ordenanza…”; 69; 71 en la frase: “…Leyes, ordenanzas y…”; 73 en la frase: “…estará regulado por una ley municipal que determinara el organigrama, composición jerarquía y estructura funcional interna”; 75.II y III; 77; 79.I en el término: “municipales” y III en el término: “municipal”; 82.2, 5, 10, 11, 17, 18 en el término “…Poder…”, 19 en la frase “…y rural…”, 21, 22 en el término: “…ordenanzas…”, 27 en la frase: “…cuando corresponda de acuerdo con los Artículos 88 y 89 de la presente Carta Orgánica…”, 28 en el término: “étnica”, 31 en el término: “Nacional”, 32 en la frase “…pudiendo solicitar para ello la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras…”, 34, 40 en la frase “…Contraloría Social y…”, 41 en la frase “…y su aprobación por el Concejo Municipal…” y 43; 83; 86.I; 87 en la frase “…y ejecutivas…” y g); 88; 89; 91.II; 94.III; 95.b) en la frase: “…sub alcaldes o sub alcaldesas…”; 97.I.b); 99.V y VI; 100; 105.I en el término: “…autónomo…”; 106 en el término: “…autónomo…”; 107 en el término: “…autónomo…”; 108; 109 en la frase: “…excepto la designación de los subalcaldes distritales…”; 120.II y III; 121.I y II; 122; 123; 124; 125; 142; 143; 144; 145; 166.1; 171; 173.3 y 7; 176 en el término: “…Cabildo…”; 181; 189 en el término: “…Ordenanza…”; 190 en el término: “…Ordenanzas…” y 195 del Proyecto de Carta Orgánica del Municipio de Yaco.
- I.1. Contenido de la consulta
- II.3.
- III.1. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones declaradas incompatibles con la Norma Suprema.
- al someter el referido proyecto a un segundo examen de constitucionalidad, debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- en la parte declarativa, debe adoptar el entendimiento que -en los demás artículos no examinados ahora-, el texto deberá estar conforme al proyecto presentado y analizado
- Fragmento 7
- III.3. Confrontación y contrastación del contenido de las reformulaciones efectuadas al proyecto de COM de Yaco, provincia Loayza del departamento de La Paz
- Fundamento de la resolución precedente.-
- la Carta Orgánica como toda norma institucional básica, solo está sometida a la Ley Fundamental y la aplicación del resto de la normatividad proveniente de otros niveles no se define por criterios de jerarquía, sino por el respeto a los ámbitos competenciales asignados a cada nivel territorial por la Norma Suprema
- Observancia de la resolución precedente.-
- Contraste.-
- Artículo.- 4 (Finalidad de la Carta Orgánica)
- Artículo 4.
- Observancia de la resolución precedente y contraste.-
- 1.
- 3. ÓRGANO EJECUTIVO:
- Artículo.- 7 (Limites Municipales)
- Artículo.- 8 (División Política)
- Artículo 8. (DIVISIÓN POLÍTICA)
- Inobservancia de la resolución precedente y contraste.-
- Artículo.- 10 (Identidad de Nuestra Entidad Autonómica)
- Artículo 10. (IDENTIDAD DE NUESTRA UNIDAD TERRITORIAL)
- Artículo.- 12 (Vigencia del Derecho Autonómico)
- Supresión de la disposición.-
- Artículo.- 17 (Del Cumplimiento de los Deberes)
- Contraste y conclusión.-
- Disposiciones suprimidas.-
- Inobservancia de la resolución precedente y conclusión.-
- Artículo 26 (Impedimentos para el ejercicio)
- Fundamento y observancia de la resolución precedente.-
- Artículo 30. (COMPOSICIÓN)
- estarse
- Artículo.- 37 (Incompatibilidades)
- Inobservancia de la resolución precedente.-
- Artículo 47 (Concejo Municipal)
- Artículo 46. (CONCEJO MUNICIPAL)
- Artículo.- 52 (Atribuciones del Concejo Municipal)
- un poder de hacer, expresa en el ámbito legislativo la potestad de los órganos representativos de emitir leyes de carácter general y abstracto
- Artículo.- 69 (Ordenanzas Municipales)
- Observancia de la resolución precedente y conclusión.-
- Artículo.- 73 (Estructura y Composición del Órgano Ejecutivo)
- Artículo 71. (ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL ÓRGANO EJECUTIVO)
- Artículo.- 77 (Suplencia temporal del Alcalde o la Alcaldesa Municipal de Yaco)
- Artículo 75. (SUPLENCIA TEMPORAL DEL ALCALDE O LA ALCALDESA MUNICIPAL DE YACO)
- cuando haya transcurrido al menos la mitad del periodo del mandato
- Artículo.- 82 (Atribuciones y Funciones del Alcalde)
- Artículo 80. (ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL ALCALDE)
- Fragmento 49
- Sobre el inciso 34)
- Sobre el inciso 43)
- Artículo.- 88 (Forma de Elección de los Sub alcaldes y las Sub alcaldesas)
- Artículo.- 89 (destitución de los Sub alcaldes o las sub alcaldesas distritales)
- Artículo 86. (DISTRITOS MUNICIPALES Y SUBALCALDÍAS).
- sobre el parágrafo II original
- Artículo.- 94 (Servidoras y Servidores Públicos)
- Artículo.- 97 (Servicios municipales)
- Artículo 94 (SERVICIOS MUNICIPALES)
- Supresión de los parágrafos.-
- Artículo.- 108 (Base Social Deliberativo)
- Artículo.- 120 (Revocatoria de Mandato)
- Artículo.- 121 (Participación y control social)
- parágrafo I
- parágrafo II
- Supresión de las disposiciones
- al parágrafo IV (ahora II) del actual art. 117
- Artículo.- 122 (Instancias de participación y control)
- Artículo.- 125 (Organización y funciones)
- Supresión de las disposiciones.-
- Artículo.- 144 (Bienes públicos de dominio Privado)
- Artículo.- 145 (Bienes de dominio público y patrimonio institucional)
- Artículo 171.- (Defensor Ciudadano)
- Artículo 195 (Procedimiento de Reforma a la Carta Orgánica)
- Artículo 182
- Fundamento de la resolución precedente y contraste.-
- referido a la cantidad de firmas del electorado requeridas para iniciar la reforma
- referendo
- que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros
- Sobre el parágrafo II
- los órganos deliberativos de cada entidad territorial autónoma realice la reforma total o parcial de los estatutos y cartas orgánicas como ente gestor y que sea sometido a aprobación por dos tercios de votos del total de sus miembros, toda vez que un estatuto o carta orgánica debe mantener una vigencia material en el entendido de ser acorde a las demandas, necesidades y transformaciones que suele ocurrir con el transcurso del tiempo
- 3°
- CORRESPONDE A LA DCP 0025/2019 (viene de la pág. 138).