DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2019

Fecha: 17-Abr-2019

Supresión de los parágrafos.-

Supresión de los parágrafos.- En el proyecto de COM reformulado, se tiene que el estatuyente de Yaco adecuó el indicado precepto, ahora identificado como art. 96, en el cual se advierte que fueron suprimidos los parágrafos V y VI; por consiguiente, no es posible aplicar lo establecido en el art. 116 del CPCo, que dispone: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; no obstante, debido a que en el presente caso no se cuenta con objeto de control, no es posible realizar el test de constitucionalidad.