SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
4)
4) Por mandato del Estado, BIDESA en Liquidación se encuentra transfiriendo activos, cartera, procesos judiciales entre otros al BCB, como nuevo titular, aspecto por el que el DS 2068 establece interrumpir la causa hasta que se publique la culminación de la transferencia a efectos que el BCB asuma la defensa dentro de los procesos; por lo que, el hecho de que en este caso la petición se trate de una tercería de dominio excluyente no implica que el citado Decreto Supremo no sea aplicable, por el contrario debe serlo con mayor relevancia, puesto que al plantearse una tercería que pretende arrebatar una garantía de la cartera ejecutada, la misma debe ser efectuada entre las partes en contienda, habiéndose manifestado que el BCB es la nueva parte procesal, por ello al no haberse tomado en cuenta estos aspectos se vulneró el derecho a la defensa de dicha entidad; por otra parte, la interrupción y suspensión del plazos procesales no solo es para la recuperación de cartera, sino para todo proceso donde se atente contra los intereses de BIDESA en Liquidación; asimismo, la tercería es considerada como nueva demanda, consecuentemente debió citarse de manera personal a la ASFI y al BCB; por lo que, al haberse declarado probada la tercería de dominio excluyente a sabiendas que la entidad se encontraba en proceso de trasferencia al BCB, se compromete una garantía para el Estado boliviano, vulnerándose el derecho a la defensa de la referida entidad y del BCB, debiendo sanearse el procedimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las Resoluciones como obligación del juzgador
- Fragmento 17
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Valoración de la prueba
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- A LA OBTENCIÓN DE RESPUESTA FORMAL Y PRONTA
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo
- 1° CONCEDER