SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante considera lesionados sus derechos a la defensa, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación, congruencia y valoración de la prueba, así como la inobservancia del principio de igualdad; toda vez que, la Jueza a quo al emitir el Auto interlocutorio 536, no se pronunció sobre la suspensión de plazos procesales dispuesto en el DS 2068, tampoco respecto al nuevo titular de cartera; por su parte, los Vocales demandados a través del Auto de Vista 273-18, a tiempo de ratificar la determinación de la indicada autoridad judicial, sustentaron la inexistencia de agravio basados en que el Auto que dispuso el nuevo pronunciamiento habría resuelto la solicitud de suspensión aludida, lo cual no resulta evidente por cuanto dicho fallo simplemente indicó que se debía dar respuesta a las peticiones de las partes, por lo que no solo correspondía resolver la tercería de dominio excluyente interpuesta, sino también su planteamiento respecto a la paralización del proceso lo que evidencia la falta de valoración de la prueba; asimismo, no manifestaron absolutamente nada en relación a la transferencia de activos suscitada en el proceso donde el nuevo titular será el BCB, ni sobre la solicitud de suspensión del proceso.