Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Samuel Saucedo Iriarte e Irma Villavicencio Suárez, Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Domestica y Pública Tercera, y Janeth Fernanda Quiroga Aparicio, Vocal de la similar Cuarta, todos del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, Mercy Marcela Bejarano Frías, Jueza Pública Civil y Comercial Octava del citado departamento, no asistieron a la audiencia, ni remitieron informe escrito, pese a sus citaciones cursantes a fs. 176 y vta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las Resoluciones como obligación del juzgador
- Fragmento 17
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Valoración de la prueba
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- A LA OBTENCIÓN DE RESPUESTA FORMAL Y PRONTA
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR en todo
- 1° CONCEDER