AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2019-O
Fecha: 20-May-2019
2)
2) Si bien la SCP 0231/1018-S2 concluyó que tal hecho no podría ser considerado para el presente proceso en mérito al principio de congruencia; sin embargo, se tiene que el mismo fue discutido y probado en audiencia de consideración y resolución de la excepción de la extinción de la acción penal por prescripción; consecuentemente, en mérito al principio nom bis in idem la utilización del documento tachado de falso efectuado el “10” de octubre de 2013 quedaría impune, por lo que, consideran que corresponde “…tener en cuenta la revalorización de los derechos de la víctima que efectúa el art. 121.II de la CPE, así como lo establecido en LA DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA de la Ley 007…” (sic);
2) El juez o tribunal de garantías, en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas (48 horas), mediante auto expreso, rechazará la queja o la concederá, asumiendo en este último supuesto las medidas necesarias para el cumplimiento de estas resoluciones, entre las cuales puede requerir la intervención de la fuerza pública, la remisión de antecedentes al Ministerio Público o la imposición de multas progresivas, entre otras.
- queja por incumplimiento
- a)
- I.2. Petitorio
- I.3. Respuesta a la queja
- Fragmento 5
- i)
- II.1.
- b)
- c)
- d)
- e)
- II.2.
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el Tribunal de garantías tiene el deber de asegurar que las decisiones del máximo intérprete de la Constitución Política del Estado sean cumplidas sin ninguna demora
- III.2. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado, atendiendo la naturaleza jurídica, ámbito de protección u objeto procesal del recurso o acción de defensa
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- revocó
- el hecho independiente del uso del documento el 1 de octubre de 2013, no forma parte de la base fáctica de la acusación fiscal ni particular
- obligatoriedad
- OBLIGATORIO
- CONFIRMAR en parte
- 1° NO HABER LUGAR
- 3° Ordenar
- MAGISTRADO