AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2019-O
Fecha: 20-May-2019
II.2.
II.2. Cursa Auto de Vista 62/2019 de 25 de febrero, emitido por Iván Sandoval Fuentes y Hugo Bernardo Córdova Egüez, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda, respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso de apelación incidental formulado por el acusador particular contra el Auto interlocutorio 113 de 3 de mayo de 2016 (siendo lo correcto 2017); y parcialmente procedente el recurso de apelación incidental formulado por el querellante víctima contra el Auto interlocutorio 112 de 3 de mayo de 2016 (siendo lo correcto 2017), solo en relación al procesado Agustín Daza Limachi; y en su mérito revoca parcialmente el Auto apelado y deliberando en el fondo declara infundada la excepción de la extinción de la acción presentada por el referido coprocesado Agustín Daza Limachi, debiendo continuar respecto a él la tramitación del proceso hasta su conclusión, ratificando en lo demás el Auto confutado, con los siguientes fundamentos en lo concerniente a la excepción de extinción de la acción penal por prescripción:
- queja por incumplimiento
- a)
- I.2. Petitorio
- I.3. Respuesta a la queja
- Fragmento 5
- i)
- II.1.
- b)
- c)
- d)
- e)
- II.2.
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el Tribunal de garantías tiene el deber de asegurar que las decisiones del máximo intérprete de la Constitución Política del Estado sean cumplidas sin ninguna demora
- III.2. El derecho a la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales en la medida de lo determinado, atendiendo la naturaleza jurídica, ámbito de protección u objeto procesal del recurso o acción de defensa
- la medida de lo determinado
- en la medida de lo determinado
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- revocó
- el hecho independiente del uso del documento el 1 de octubre de 2013, no forma parte de la base fáctica de la acusación fiscal ni particular
- obligatoriedad
- OBLIGATORIO
- CONFIRMAR en parte
- 1° NO HABER LUGAR
- 3° Ordenar
- MAGISTRADO