SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2019-S4

Fecha: 29-May-2019

c)

c)    Respecto a la vulneración del non bis in ídem, al no haberse tomado en cuenta que se declaró improbado el proceso disciplinario que dio lugar a la suspensión en una primera instancia, que generó la reposición del día indebidamente pagado y que al haber dejado de existir ese anterior proceso y por consecuencia la sanción, no correspondería la consideración del actual. Sobre el particular, los actos administrativos son considerados válidos en tiempo y espacio mientras que estos no sean refutados en contrario, por lo que el proceso disciplinario que generó la suspensión y con el que fue notificada la ahora recurrente, mientras no sea declarada improbada por el Tribunal de alzada, sus efectos y emergencia se encuentran vigentes como el caso del Memorándum de suspensión, por lo tanto la conducta desplegada por la funcionaria a consecuencia del incumplimiento del dicho Memorándum originó la falta contenida en el art. 188.12 de la LOJ.