SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2019-S4

Fecha: 29-May-2019

ii)

ii)    En cuanto al agravio 2, refirió que las Juezas del Juzgado Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental de Pando, no tomaron en cuenta: a) La prueba extraordinaria presentada como es la Resolución 207/2017 de 26 de mayo, donde se confirmó una Sentencia improbada, por no haber asistido a su fuente laboral el 2 de agosto de 2017; por lo que, este doble procesamiento lesiona el principio non bis in ídem; toda vez que, el presente proceso disciplinario se le inició por haberse presentado a trabajar el 30 de septiembre de 2017, en cumplimiento a una instrucción verbal; y, b) La instrucción de Vladimir Bernardo Sempértegui Gómez y Diandra Yolenne Mendoza Paz –personeros administrativos del Consejo de la Magistratura–,por la que le comunicaron que debía compensar el 30 de septiembre de 2017, por el día indebidamente pagado, esto a fin de no causar daño económico.