SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2019-S1

Fecha: 06-Jun-2019

Fragmento 16

          a) Las partes en conflicto deben sujetarse a la medición efectuada por el INRA; b) De acuerdo al levantamiento topográfico realizado la propiedad de la accionante se encuentra dentro de los límites de su propiedad y no estaría afectando el camino de tradición de 3 m que reclama el Directorio y los vecinos; c) El camino de 8 m determinado por el INRA deberá ser respetado por los vecinos de la comunidad, cualquier modificación implicaría un delito de avasallamiento; d) La institución -Central Provincial- trató de mediar en el conflicto, pero los dirigentes procedieron a bloquear a la familia Blanco, quitándoles el derecho de la libre transitabilidad; e) Se acompaña informe y planos de levantamiento topográfico efectuado en el sector del conflicto; y, f) Las partes en conflicto deberán recurrir a las instancias por Ley para la solución definitiva del presente caso (fs. 118 a 120).