SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0397/2019-S1

Fecha: 19-Jun-2019

Considerar

Dentro de esta misma lógica normativa, se debe considerar también el Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, que en su art. 2 establece: “El Tribunal del Personal, como máximo organismo de administración del personal de las Fuerzas, tiene competencia para conocer todos los asuntos del personal, garantizando la correcta y estricta aplicación de las Leyes y Reglamentos Militares.”; y dentro de sus atribuciones contempla en su art. “13 a.-”: “Considerar y aprobar ascensos, propuestas para reincorporaciones, retiros, sanciones, felicitaciones, distinciones, condecoraciones y otras actividades relativas al personal.” (el resaltado es nuestro); el art. 27 establece que: “El Tribunal del Personal decidirá todos los casos sometidos a su consideración, dictando la Resolución correspondiente.”; y, prever de forma taxativa la posibilidad de interponer los recursos de reconsideración y apelación, teniéndose al efecto los siguientes preceptos reglamentarios: