SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

segunda problemática

Ahora bien, el segundo aspecto cuestionado en la segunda problemática establecida en la presente Sentencia Constitucional, está relacionada a que el Fiscal Departamental a tiempo de emitir la Resolución Jerárquica        FDP-T.O.R./FACM 125/2018 de 14 de mayo, no motivó y fundamentó su resolución; ya que no tiene un sustento en los hechos facticos ni en el derecho y únicamente respaldo su argumento ratificándose respecto de los principios indubio pro reo y objetividad, sin realizar un examen de fondo, excluyendo la probabilidad de autoría de los delitos en cuestión y tampoco valoró las pruebas, entre ellos los certificados medioambientales, contrariando el contenido de los arts. 41, 45, 46 y 47 de la LGA y su Reglamento, estableciendo que el autor de la falsedad sería Eddy Mamani Chacapacha y que Yolanda Rosario Gonzales Foronda se limitó a recepcionar dichos documentos.

Dentro de ese contexto y conforme lo señalado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que la autoridad fiscal que conozca el proceso, deberá dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como del contenido de las mismas, circunscribiéndose no solo a relatar lo expuesto por las partes sino también a citar las pruebas que aportaron éstas, exponiendo su criterio sobre el valor que le da a las mismas luego del contraste y valoración que haga de ellas, dando aplicación a las normas jurídicas pertinentes para finalmente resolver el fondo del asunto.