SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2019-S3

Fecha: 11-Jul-2019

e)

e)           No se puede dejar los agravios y la fundamentación del recurso a la discrecionalidad de la instancia de apelación, ya que por la imposición de la ley los puntos que se apelarán tienen que ser expuestos; no existen supuestos o hechos que se tengan por obvios, de lo contrario el tribunal de segunda instancia discrecionalmente podría ingresar en consideraciones impertinentes de aspectos no reclamados;