VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0051/2019
Fecha: 24-Jul-2019
la administración de su propio personal
Ahora bien, respecto a la regulación de la carrera administrativa en los gobiernos municipales, corresponde señalar que es posible la regulación de dicha materia, por las ETA, en el ejercicio de su autonomía, la cual ineludiblemente implica la administración de su propio personal; por tanto, definir qué personal ingresará a formar parte de los servidores públicos de carrera; a esto corresponde añadir que las ETA pueden regular ampliamente sobre su propia institucionalidad, tal como ocurre en el presente por cuanto se trata de servidores públicos institucionalizados.
En tal sentido, resulta pertinente que las ETA municipales puedan emitir normativa concerniente a la carrera administrativa municipal, aspecto que no es contrario a la naturaleza autonómica de los gobiernos municipales, sino que más bien se sustenta plenamente en el carácter autonómico de tales gobiernos, tal como se analizará en adelante.
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- a)
- II.1. Improcedencia de la declaratoria de compatibilidad condicionada a interpretación en control previo de constitucionalidad
- “conservación de la norma”
- confrontar el contenido de estos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado
- principio de conservación de la norma
- el control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas
- pueden normarse, gobernarse y administrarse a sí mismas
- Estado con autonomías
- la administración de su propio personal
- II.2.1. Sobre la legislación de las ETA municipales, respecto a su propia institucionalidad
- dependerá de la ETA municipal establecer parámetros para determinar la institucionalización de su personal
- II.2.2. Las ETA pueden regular sobre la institucionalización de su propio personal
- Las carreras administrativas en los Gobiernos Municipales
- modelo de Estado con autonomías
- cuya naturaleza es de carácter supletoria,
- II.2.4. Sobre la inaplicabilidad de la cláusula residual dispuesta por el art. 297.II de la CPE, respecto al servidor público
- toda asignación de competencias debe estar acompañada de la definición de la fuente de los recursos económicos y financieros necesarios para su ejercicio
- Agricultura, ganadería, caza y pesca
- así como coadyuvar al desarrollo rural
- ley
- materia penal
- 29
- 35
- Fragmento 25
- II.4.2. Con relación al art.
- 44
- 120
- Fragmento 29
- ciudadana