SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2019-S4
Fecha: 14-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El impetrante de tutela a través de sus apoderados legales denuncia la vulneración del debido proceso en sus elementos motivación o fundamentación, impugnación e igualdad; y, su derecho a la tutela judicial efectiva, en razón a que las autoridades demandadas, al emitir el AS 383/2018; por el que, declararon infundado su recurso de casación, no justificaron debidamente el fallo pronunciado; y así, en el caso del primer motivo de la casación, rechazaron su planteamiento de nulidad procesal por no haberse conformado litisconsorcio necesario al amparo de un formalismo sustentado en una supuesta carencia de reclamo en apelación, incurriendo en inobservancia del principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal e ignoraron el principio de igualdad, al obviar su propia jurisprudencia contenida en los AASS 44/2018, 12/2012 y 139 de 30 de julio de 2012 de la Sala Civil Liquidadora. De igual modo, en los demás agravios expuestos, la fundamentación realizada en el Auto Supremo cuestionado, denota ausencia de argumentos que sustenten sus conclusiones.