Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.11.
II.11. Concedido el recurso de apelación en efecto devolutivo (fs. 193), la Sala Mixta Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Segunda del Tribunal Departamental de Tarija, emitió el Auto de Vista 84/2018 de 22 de mayo, mediante el cual revocó en todas sus partes la Resolución de “fs. 4268 a 4272 vta.” y deliberando en el fondo, dispuso que el Juez a-quo continúe con la tramitación de la causa ordinaria de Auxilio Judicial para la Ejecución de Laudo Arbitral (fs. 194 a 197 vta.); Resolución que fue notificada a la Asociación Accidental “PETROSUR & ASOCIADOS” el 24 de mayo de 2018 (fs. 198).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pago de daños y perjuicios respecto al punto cuatro de ese primer laudo, referido a la compra del cemento asfáltico
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1.
- Fragmento 22
- derecho a una resolución motivada
- b.1)
- III.3. Con relación al
- III.4.
- Fragmento 27
- III.5. Otras consideraciones
- Fragmento 29
- 2º Llamar la atención