Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.3.
II.3. El 16 de marzo de 2017, el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, solicitó al Juez Público Civil y Comercial Quinto del mismo departamento, admita la demanda de Auxilio Judicial para el cumplimiento del Punto Cuarto del Laudo Arbitral y en vía incidental se determine pago de daños y perjuicios, condenándose al pago de un $us1 570 308, 42 (un millón quinientos setenta mil trescientos ocho 42/100 dólares estadounidenses [fs. 145 a 151]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pago de daños y perjuicios respecto al punto cuatro de ese primer laudo, referido a la compra del cemento asfáltico
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1.
- Fragmento 22
- derecho a una resolución motivada
- b.1)
- III.3. Con relación al
- III.4.
- Fragmento 27
- III.5. Otras consideraciones
- Fragmento 29
- 2º Llamar la atención