Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.7.
II.7. El 2 de octubre de 2017, el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación contra el Auto de 26 de septiembre del mismo año, que anuló parcialmente el Auto de 24 de junio de igual año, con el fin de continuar con la tramitación de la causa y ante la negativa a la reposición presentó recurso de apelación de forma subsidiaria en aplicación del art. 344 del CPC (fs. 172 a 182 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pago de daños y perjuicios respecto al punto cuatro de ese primer laudo, referido a la compra del cemento asfáltico
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1.
- Fragmento 22
- derecho a una resolución motivada
- b.1)
- III.3. Con relación al
- III.4.
- Fragmento 27
- III.5. Otras consideraciones
- Fragmento 29
- 2º Llamar la atención