SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración del derecho y garantía al debido proceso en sus componentes de legalidad, non bis in idem, juez natural, verdad material, debida motivación y al “principio de legalidad”, puesto que la entidad -ahora tercera interesada- solicitó auxilio judicial del Laudo Arbitral, que fue declarado improbado sobre el mismo anticipo especial para la compra del cemento asfáltico; empero, desconociendo los acuerdos, en la vía incidental pretendió que se determine el pago de daños y perjuicios, resultado absurdo ese planteamiento, y una vez que se hizo notar ese error al Juez a quo, dispuso la nulidad de obrados por defectos absolutos hasta el Auto de admisión de la demanda incidental, resolución contra la cual la precitada entidad interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación, disponiendo, la autoridad inferior, que se mantenga firme el rechazo de ejecución del Laudo Arbitral; sin embargo, interpuesto el recurso de compulsa por negativa de concesión de recurso de apelación, las autoridades ahora demandadas declararon legal dicho recurso y tramitándolo, deliberando en el fondo de manera ilegal y sin motivación, dispusieron que el Juez de primera instancia continúe con la tramitación del auxilio judicial para la ejecución de Laudo Arbitral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- pago de daños y perjuicios respecto al punto cuatro de ese primer laudo, referido a la compra del cemento asfáltico
- I.1.2. Derecho, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 20
- III.1.
- Fragmento 22
- derecho a una resolución motivada
- b.1)
- III.3. Con relación al
- III.4.
- Fragmento 27
- III.5. Otras consideraciones
- Fragmento 29
- 2º Llamar la atención