SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

EMUSA es una empresa legalmente constituida en el Estado Boliviano, cuyo rubro principal es la prospección, exploración, explotación y comercialización de minerales, siendo titular de varias Autorizaciones Transitorias Especiales (ATES), una de las autorizaciones es la denominada Mina Caracota, ubicada en el cantón Yura, provincia Antonio Quijarro del departamento de Potosí, la misma que se encuentra en actividad minera desde 1937 aproximadamente, es así que, durante el tiempo que dicha Empresa vino desarrollando su actividad minera en la referida comunidad realizaron una serie de obras y tareas en su beneficio.

El 12 de diciembre de 2018, la aludida empresa minera recibió una notificación emitida por el Tribunal JIOC de la Nación Qhara Qhara, parcialidad Urinsaya Wisijsa, convocando a una audiencia a objeto de responder la denuncia presentada por miembros de las comunidades Pokerani, Collpani, Santa Teresita y otros, con relación a los siguientes hechos: