SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2020-S2

Fecha: 23-Oct-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La empresa accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la valoración de la prueba, la falta de fundamentación y motivación, al régimen de imprescriptibilidad, a la usurpación de funciones, a los principios de legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad de la ley por parte de las autoridades originarias que conforman el Tribunal JIOC de la Nación Qhara Qhara, parcialidad Urinsaya Wisijsa, ya que la Resolución de 23 de septiembre de 2019, emitida en sede IOC no contiene sustento normativo, no invocó ni hizo mención alguna a disposición contenida en Estatutos Orgánicos, Reglamento Interno, procedimientos propios escritos o inclusive verbales (usos y costumbres) o norma específica para emitir un fallo; resolvieron la controversia con base en la voluntad de sus miembros sobre criterios estrictamente subjetivos; no realizaron la valoración de las pruebas de descargo presentados por EMUSA; desconocieron el ejercicio de la autoridad del Estado Boliviano realizado por las diferentes reparticiones como el Ministerio de Medio Ambiente y Aguas y la Secretaría de la Madre Tierra; la citada Resolución no contiene una adecuada fundamentación y motivación, limitándose a realizar una relación de los hechos, actuados procesales, aspectos denunciados por algunos miembros de las comunidades, conclusiones unilaterales, para luego emitir la parte dispositiva.