SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida

En similar sentido, la SCP 0198/2012 de 24 de mayo, haciendo alusión a la SC 0345/2004-R de 16 de marzo, estableció que para tener certeza de si una persona se sometió voluntariamente a un acto -es decir dio su consentimiento ante una determinada situación-, debe existir una voluntad manifiesta, cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida, dejando transcurrir el plazo que se tiene para impugnar, procediendo a ejecutar o cumplir el acto, o en su caso, sin cuestionar en la primera oportunidad que se tuvo dentro de la tramitación del proceso, ya sea judicial o administrativo.