Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
II.6.
II.6. El 9 de agosto de 2019, la Gerencia GRACO La Paz del SIN a través de la Resolución Administrativa de Facilidades de Pago 201929000634, aceptó la solicitud de facilidades de pago presentada por el solicitante de tutela en sesenta cuotas mensuales por la deuda que asciende a Bs384 832.- (trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y dos bolivianos), donde se evidencia que erogó la primera cuota del referido plan de pagos; con dicho fallo fue notificado el administrado el 5 de septiembre de ese año (fs. 167 a 170).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no puede posteriormente tachar de ilegalidad a lo que se ha sometido, puesto que la jurisdicción constitucional no está sujeta a la desidia de las partes
- cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte