SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La empresa accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la petición, al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones, a la defensa, de no inculparse a sí mismo, valoración efectiva de la prueba y al principio de seguridad jurídica; alegando que, mediante notas de 17 y 18 de diciembre de 2019, presentadas ante la Gerente GRACO La Paz a.i. del SIN, solicitó se deje sin efecto las Resoluciones Administrativas de Facilidades de Pago, como resultado de las transgresiones incurridas al momento de fiscalización o verificación hasta la emisión de Vistas de Cargo; pretensiones que fueron respondidas omitiendo considerar y contestar una petición debidamente fundada, además aduce que las Resoluciones Administrativas de Facilidades de Pago no se encuentran debidamente fundamentadas y motivadas y no realizaron una valoración efectiva de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no puede posteriormente tachar de ilegalidad a lo que se ha sometido, puesto que la jurisdicción constitucional no está sujeta a la desidia de las partes
- cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte