Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
II.9.
II.9. El 18 de diciembre de 2019, el Gerente General y representante legal de COVAS S.R.L., mediante nota remitida a la Gerente GRACO La Paz a.i. del SIN, le solicitó dejar sin efecto la Vista de Cargo 291729000271, y se emita la resolución determinativa donde se establezca la inexistencia de deudas tributarias de dicha Empresa a efecto de realizar la acción de repetición por los pagos ilegalmente efectuados alegando que la misma cumplió con sus obligaciones tributarias tanto formales como materiales con el ente fiscal (fs. 20 a 25).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no puede posteriormente tachar de ilegalidad a lo que se ha sometido, puesto que la jurisdicción constitucional no está sujeta a la desidia de las partes
- cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte