Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
II.3.
II.3. El 2 de mayo de 2018, la Gerente GRACO La Paz a.i. del SIN mediante Resolución Administrativa de Facilidades de Pago 201829000121, resolvió aceptar la solicitud de facilidades de pago presentada por el peticionante de tutela en sesenta cuotas mensuales por la deuda que se detalla en dicha Resolución, el cual asciende a Bs171 053.- (ciento setenta y un mil cincuenta y tres bolivianos) en atención del arrepentimiento eficaz establecido en el art. 157 del CTB. Con dicho fallo, COVAS S.R.L. fue notificada el 23 de igual mes y año (fs. 164 a 166); donde el referido contribuyente pagó diecisiete cuotas, de acuerdo al reporte de 17 de enero de 2020 (fs. 675 a 676).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no puede posteriormente tachar de ilegalidad a lo que se ha sometido, puesto que la jurisdicción constitucional no está sujeta a la desidia de las partes
- cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte