SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2020-S2
Fecha: 19-Nov-2020
II.7.
II.7. El 17 de diciembre de 2019, Walter Jaime Vásquez Palenque, Gerente General y representante legal de COVAS S.R.L., mediante nota dirigida a Evelin Lilian Tejerina San Miguel, Gerente GRACO La Paz a.i. del SIN, le solicitó dejar sin efecto la Resolución Administrativa de Facilidades de Pago 201929000634 y en su mérito, la Vista de Cargo 291929000208 y se emita una resolución determinativa en la que se establezca la inexistencia de deudas tributarias de la mencionada Empresa a efectos de realizar la acción de repetición por los pagos indebidamente efectuados, bajo alternativa de interposición de una oposición de pago, aduciendo que la entidad prenombrada cumplió con sus obligaciones tributarias tanto formales como materiales con el ente fiscal (fs. 6 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- si hay sometimiento voluntario palpable o demostrable, no puede posteriormente tachar de ilegalidad a lo que se ha sometido, puesto que la jurisdicción constitucional no está sujeta a la desidia de las partes
- cuando se aceptó en forma fehaciente o tácita el acto ilegal o la omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte