SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2020-S4

Fecha: 12-Nov-2020

principio de legalidad y presunción de legitimidad, las actuaciones de la administración pública se presumen legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario, art. 4 inc. g de la LPA

En virtud a lo manifestado, mediante memorial de 18 de septiembre de 2019, solicitó a la Presidenta y miembros del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta del departametno de Beni, revise, modifique y deje sin efecto el Informe 01/2019-20; petición que los demandados derivaron al abogado del órgano municipal Ninoy Kunihiro Cartagena, funcionario que mediante informe indicó lo siguiente: “…el principio de legalidad y presunción de legitimidad, las actuaciones de la administración pública se presumen legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario, art. 4 inc. g de la LPA” (sic), al mismo tiempo que informa: “…determina que no proceden contra actos de carácter preparatorio o de mero trámite” (sic), sin responder de manera concreta sobre la petición y las pruebas presentadas, no correspondiendo su actuar a las normas administrativas que establecen que el acto administrativo se considera a toda declaración, disposición o decisión de la Administración Publica de alcance general o particular que produce efectos jurídicos sobre el administrado y que es obligatorio, exigible y se presume legítimo y que por supuesto es impugnable mediante los recursos que establece la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) –Ley 2341 de 23 de abril de 2002–.