Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0816/2020-S3
Fecha: 27-Nov-2020
i)
i) El Auto Definitivo 016/2018 carece de fundamentación y motivación, toda vez que, no se observó ningún tipo de análisis jurídico, repitiendo únicamente lo manifestado por la defensa de los accionantes y realizando copias de Sentencias Constitucionales y Autos Supremos, sin efectuar una interpretación lógica-jurídica, vulnerando la seguridad jurídica, el principio de legalidad y contradiciendo lo establecido en el art. 119.I de la CPE.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la congruencia
- responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia
- que el pronunciamiento debe guardar correspondencia con los agravios de la apelación y la contestación de alzada
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- e)
- REVOCAR