SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2020-S4
Fecha: 09-Dic-2020
al punto 2
De otro lado, en respuesta al punto 2, luego de señalar la revisión de la RA 0106/2018, transcribir extractos de la declaración de los testigos de cargo propuestos por la Fiscalía Policial (policías y denunciante de robo, su esposo y otra persona), cuyos textos también fueron transcritos en la Resolución que fue objeto de apelación, conforme se observa de la revisión de la misma, y citar determinadas disposiciones normativas y jurisprudencia, concluyo en lo siguiente: “En el presente caso se puede advertir estricto apego al debido proceso tanto en la etapa investigativa como en el proceso oral Disciplinario donde los procesados no presentaron pruebas de descargo, se advierte que en todo momento se respetó sus derechos establecidos en la normativa Disciplinaria como Constitución Política del Estado” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos del debido proceso
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la defensa
- i)
- III.3.
- El de presunción de inocencia
- la precisión de los hechos acusados y su tipificación
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- al punto 1
- al punto 2
- a los apartados 3 y 4
- REVOCAR en parte
- 3º Disponer