SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2020-S3

Fecha: 16-Dic-2020

6)

6)  Por lo expuesto, se considera que se hace ostensible la aplicación de los principios procesales de especificidad y trascendencia que rigen las nulidades en materia civil; por cuanto, se ha establecido que la falta de citación al SIN con el señalamiento del segundo remate de los bienes hipotecados en garantía de un adeudo tributario a favor del SIN ha impedido el ejercicio pleno del derecho a la defensa de la mencionada Administración Tributaria sin que por ello sea posible aplicar principios de convalidación y conservación de los actos procesales, al ser evidente que en el caso se incurrió en lesión al debido proceso con incidencia en el derecho a la defensa; por lo que, tampoco es posible ser acogido el principio de finalidad que alegan los apelantes se hubiera cumplido.