SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2020-S4

Fecha: 13-Mar-2020

III.6.2. Respecto al

III.6.2. Respecto al reclamo de que el Auto 80/2019 de 13 de mayo, hubiera rechazado la revocatoria de su rebeldía en una interpretación propia del Informe del IDIF de 15 de febrero de 2019 y no se hubiera valorado los certificados que establecen que su delicado estado de salud y que necesita tratamiento, incumpliendo así el demandado lo dispuesto en anteriores acciones de libertad

Al respecto, de los antecedentes que informan la causa se tiene que una vez pronunciado el Auto 33/19, que dispuso declarar rebelde al accionante, la defensa del mismo, interpuso solicitud de revocatoria de rebeldía por memorial de 21 de febrero de 2019, siendo rechazada dicha pretensión por Auto 80/2019, emitido por el demandado.

Siendo la referida determinación que el impetrante de tutela considera lesiva a sus derechos reclamados, alegando en lo principal y de manera coincidente en las acciones libertad que constan en los expedientes 29089-2019-59-AL y 29175-2019-59-AL, que a requerimiento de revocatoria de rebeldía se hubiera rechazado en una interpretación propia del informe del IDIF de 15 de febrero de 2019, presentado el 18 del señalado mes y año y que el demandado hubiera señalado que los certificados médicos particulares serían carentes de valor probatorio, omitiendo considerar que no solo existe un informe sino varios que recomiendan su tratamiento médico y que establecen que padece de varias enfermedades, de lo que se colige que el impetrante de tutela solicita se revise la actividad de valoración de la prueba realizada por el demandado (Conclusión II.4).