ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2020-S3

Fecha: 15-Jul-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación, a la defensa, a la igualdad procesal de las partes y a los principios de congruencia en los recursos de alzada, de legalidad y a la seguridad jurídica; puesto que los Vocales ahora accionados -de forma arbitraria e ilegal- emitieron el Auto de Vista 69 de 23 de mayo de 2019, revocando parcialmente el Auto Interlocutorio 16 de 28 de marzo de ese año, emitido por la Jueza de primera instancia, declarando improbada únicamente la excepción de extinción de la acción penal por prescripción y el archivo de obrados, sin previo análisis de los defectos y carencias del recurso de apelación incidental, previsto en el art. 399 del CPP e incumpliendo los requisitos establecidos en el art. 404 del mismo Código, y sin la debida fundamentación, motivación y congruencia que generó una resolución ultra petita.