SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3

Fecha: 24-Jul-2020

esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados’

No obstante ello, también es importante dentro la labor de verificación de presuntas afectaciones a derechos y/o garantías constitucionales que este Tribunal analice en cada caso concreto y conforme a la situación fáctica especifica la concurrencia de la relevancia constitucional, que involucre la imperiosa necesidad de que se abra el ámbito de protección y resguardo constitucional a fin de reparar la evidenciada vulneración de estos, por cuanto, el tópico de la trascendencia constitucional conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.2. de este fallo, asume que: “a) cuando el error o defecto procedimental en el que incurra el Juez o Tribunal, provoque una lesión evidente del debido proceso en cualquiera de sus elementos constitutivos; b) los errores o defectos procedimentales que ocasionan una indefensión material en una de las partes que interviene en el proceso judicial, impidiéndole toda posibilidad de que pueda hacer valer sus pretensiones, alegando, contrastando o probando; y c) esas lesiones tengan relevancia constitucional, es decir, que esa infracción procedimental de lugar a que la decisión impugnada tenga diferente resultado al que se hubiera dado de no haberse incurrido en los errores o defectos denunciados’ ” (énfasis añadido); resaltándose que, a los fines del cumplimiento de la labor de control de constitucionalidad en la faceta tutelar no tendría sentido jurídico alguno viabilizar la concesión de la tutela y ordenar se subsanen los posibles defectos procedimentales advertidos, si es que en definitiva la decisión impugnada no variará en su resultado.