SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3

Fecha: 24-Jul-2020

II.8.

II.8.  Mediante Auto Agroambiental Plurinacional S14/2019 de 29 de enero, Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, Magistradas de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental -hoy accionadas-, casando la Sentencia 05/2018 y, deliberando en el fondo: i) Declararon probada la demanda de nulidad de los contratos de venta de: a) 28 de noviembre de 1991, reconocido en sus firmas y rúbrica ante el “Juzgado de Mínima Cuantía Nº 18 de Cochabamba” (sic) y la Escritura Pública 920/1997 de 6 de junio; y, b) 20 de enero de 1992, reconocido en sus firmas y rúbricas ante el “Juzgado de Mínima Cuantía Nº 18 de Cochabamba” (sic) y la Escritura Pública 1290/97 de 12 de agosto de 1997; ii) Dispusieron la cancelación de los registros correspondientes a los predios objeto de la demanda; y, iii) Declararon improcedente la demanda reconvencional de acción de reivindicación interpuesta por Guadalupe Medina Barco -ahora impetrante de tutela- (fs. 701 a 712); determinación que le fue notificada a la parte prenombrada el 31 de enero de 2019 (fs. 713).